Comunidades de propietarios

Está usted aquí: Inicio » Qué hacemos » Gestión inmobiliaria » Comunidades de propietarios

administracion-de-fincas

El servicio de administración comprende las siguientes actuaciones según establece el artículo 20 de la Ley 40/1980 de 21 de julio de la Propiedad Horizontal, modificada por la Ley 51/2003, de 2 de diciembre cuyo desarrollo general contempla los siguientes puntos:

  • Confección de presupuesto anual y seguimiento del mismo.
  • Emisión de recibos, cobros y su seguimiento hasta su buen resultado.
  • Reclamación de morosidad, sin coste adicional, hasta el inicio del procedimiento judicial.
  • Asesoramiento a la Junta de Gobierno en cuantas materias afecten al desarrollo de la Comunidad.
  • Elaboración de nóminas, IRPF y seguros sociales del personal contratado.
  • Asistencia a Juntas Generales ordinarias y extraordinarias.
  • Control de averías y reparaciones necesarias, del mismo modo que del mantenimiento de instalaciones comunitarias en general.
  • Seguimiento periódico del funcionamiento de las empresas contratadas para el mantenimiento de los servicios generales.
  • Solicitud de cuantos presupuestos sean necesarios para el buen funcionamiento de la Comunidad.
  • Asesoramiento legal, estructural o fiscal que pueda ser susceptible para el propio desarrollo de la vida comunitaria.

Otros Servicios de Gestión Inmobiliaria:

Show Comments